40 P.R. Dec. 957

No. 5109.

Roig Commercial Bank, apldo., v. Benítez et al., apltes.

C. D. Humacao.

Dic. 4, 1929.

(Por la corte, a propuesta del

Juez Asociado Señor Texidor.)

Por cuanto, aparece de la moción del apelado y de la copia simple de la transcripción de autos que a la demanda en el caso se presentó moción eliminatoria, a cuya vista no concurrió la representación del demandado,- y luego excep-ción perentoria, a cuya vista tampoco concurrió dicha repre-sentación,- y luego una contestación conteniendo una nega-ción que se titula general y específica, de los hechos alegados en la demanda; y que señalado el día para juicio, tampoco *958compareció la representación del aquí apelante, alegando luego que no había tenido noticia del señalamiento;

Poe ouaNto, en este caso se reclamó por la demanda el pago de cantidad con arreglo a un pagaré que en las alega-ciones se copia, y cuya autenticidad no se halla negada en forma legal;

Por cuanto, el apelante no ha alegado razón legal alguna que nos convenza de los posibles méritos de su apelación; y en cuanto a la falta de notificación del señalamiento no encon-tramos la prueba, y sí aparece que el caso fue señalado en calendario corriente,

Por tanto, se declara con lugar la moción del apelado, y se desestima la apelación por ser frívola.

Roig Commercial Bank v. Benítez
40 P.R. Dec. 957

Case Details

Name
Roig Commercial Bank v. Benítez
Decision Date
Dec 4, 1929
Citations

40 P.R. Dec. 957

Jurisdiction
Puerto Rico

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