Examinada la mot de desestimación del apelado y la certificación que se acompaña, visto el artículo 26, inciso 5 de la Ley Municipal vigente, según fué enmendada en 1921 y por los funda-mentos del caso de Rodríguez v. Comisión de Indemnizaciones a Obreros, de noviembre 10, 1922, se desestima la ape-lación.
31 P.R. Dec. 961
No. 2967.
Buitrago, Querellado y Apelado, v. Asamblea Municipal de Guayama, Apelante.
Corte de Distrito de Guayama.
Resuelto en marzo 5, 1923.
Buitrago v. Asamblea Municipal de Guayama
31 P.R. Dec. 961
Case Details
31 P.R. Dec. 961
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