53 P.R. Dec. 983

Núm. 7691.

Marquéz & Cía., aplda. v. Sancho Bonet, Tes., aplte.

C. D. San Juan.

Abril 22, 1938.

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Presidente Sr. Del Toro.)

A la moción de la parte apelada de abril 18 actual notificada en la misma fecha a la parte apelante, acompañada de documentación de-mostrativa de haberse declarado sin lugar por la Corte Suprema de los Estados Unidos el certiorari que invocó el apelante para oponerse a la desestimación del recurso solicitada por la dicha apelada por moción de enero 26 último, vista en febrero 17 siguiente y declarada sin lugar “por ahora”:

Habiendo desaparecido el único motivo de oposición que existía ya que el caso debe regularse por el de Valiente & Cía. v. Tesorero de Puerto Rico, 50 D.P.R. 586, que queda en pie, debe desestimarse y se desestima el recurso, sin que haya lugar a imponer al apelante el pago de las costas y honorarios de abogado ante este Tribunal que solicita en su dicha moción de 26 de enero la apelada.

Marquéz & Cía. v. Sancho Bonet
53 P.R. Dec. 983

Case Details

Name
Marquéz & Cía. v. Sancho Bonet
Decision Date
Apr 22, 1938
Citations

53 P.R. Dec. 983

Jurisdiction
Puerto Rico

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