9 P.R. Dec. 595

No. 65.

El Banco de Puerto Rico v. Olivieri y Sobrino.

Apela-ción procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez. Moción para que se desestime la apelación por haber dejado el apelante de hacer en su alegato una relación fiel y concisa de la causa, tal como consta en los autos, de acuerdo con el art. 54 del Reglamento.

Resuelto en octubre 23, 1905.

Abogado del promovente: Sr. Sarmiento. Abogado de la parte contraria: Sr. Quintero.

Sin lugar la moción.

Banco de Puerto Rico v. Olivieri
9 P.R. Dec. 595

Case Details

Name
Banco de Puerto Rico v. Olivieri
Decision Date
Oct 23, 1905
Citations

9 P.R. Dec. 595

Jurisdiction
Puerto Rico

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